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Cara y cruz en el Supremo. El tribunal al que se podría remitir el proceso de Alas es remiso a revisar las condenas militares franquistas
en 'La Nueva España' - 28 de marzo de 2007
El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado esta misma semana la práctica de dos nuevas pruebas solicitadas por las hermanas del joven anarquista
Salvador Puig Antich, condenado a muerte y ejecutado en 1974, al considerar que éstas son «irrelevantes» y «no añaden nada nuevo a las ya practicadas en su día». Así lo ha acordado la Sala Quinta o de lo Militar del TS (a la que estudia recurrir el Gobierno en el caso de Leopoldo Alas) en un auto que cuenta con un voto particular discrepante del magistrado
José Luis Calvo Cabello.
Puig Antich, un anarquista barcelonés, fue ajusticiado por el método del garrote vil el 2 de marzo de 1974, tras ser condenado como autor de la muerte a tiros del policía
Francisco Anguas cuando supuestamente iba a detenerlo por su supuesta participación en el atraco a un banco de Barcelona.
El pasado 20 de febrero el pleno de la Sala de lo Militar suspendió la deliberación que tenía prevista sobre si se puede presentar un recurso de revisión de la sentencia por la que
Salvador Puig Antich fue condenado a muerte en 1974 debido a que la familia había pedido la práctica de dichas pruebas.
Las hermanas reclamaron que se tomara declaración al ex vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)
Francesc de Paula Caminal y Badía, lo que no estima el alto tribunal, puesto que -añade el auto- «en su día no se admitió al tratarse de un supuesto testigo referencial». La familia cree que la Sala al fijar la deliberación para el pasado 20 de febrero se saltó un trámite de alegaciones, por lo que interpuso un recurso de súplica contra esta decisión, en el que también aportó un nuevo informe pericial dactilográfico.
El hecho de que la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo sea poco favorable a revisar condenas franquistas no significa que se haya cerrado en banda frente a este tipo de asuntos. Porque hace un mes hizo pública la única sentencia que ha anulado una condena a un republicano por hechos acaecidos durante la guerra civil, al estimar un recurso de revisión interpuesto por su hijo contra la sentencia de un consejo de guerra que lo condenó a muerte, pena luego conmutada por privación de libertad.
Un precedente
El Tribunal Supremo apreció que
Ricardo Puente, que trabajaba en Radio Málaga, fue juzgado dos veces por los mismos hechos y, tras ser absuelto por un tribunal militar y quedar en libertad, fue denunciado por un delegado de prensa y propaganda de Falange que consiguió su condena a muerte por el mismo delito de rebelión militar del que había sido absuelto. La pena de muerte fue conmutada por otra de prisión, de la que
Ricardo Puente cumplió seis años y un día.
Ambos casos revelan que la revisión de sentencias firmes en la Sala de lo Militar no consiste en un nuevo enjuiciamiento de la misma causa, sino en verificar si a la vista de los nuevos datos aportados cabe obtener la conclusión de la injusticia de la sentencia cuya revisión se pretende.
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